Capítulo CAPÍTULO XXI

Art. 76

En vigor desde 1 ene 2004
Para el cumplimiento de sus fines, «Parc Castelló-El Serrallo, Sociedad Limitada Unipersonal», podrá llevar a cabo las actuaciones de adquisición de suelo que convengan, incluso mediante expropiación, a cuyo efecto ostentará la condición de beneficiaria prevista en la legislación en materia de expropiaciones, tanto en aquellos casos en los que corresponda la facultad expropiatoria a la administración de la Generalitat Valenciana, como en aquellos otros en los que dicha facultad corresponda a otra administración.
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eli/es-vc/l/2003/12/17/16#art-76

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