Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 36

En vigor desde 21 ago 2012
1. Se entiende por venta en oferta aquella que tiene por finalidad dar a conocer un nuevo producto o servicio, o conseguir el aumento de la venta de los existentes, que podrán haber sido adquiridos exclusivamente con este fin, o el desarrollo de uno o varios establecimientos mediante la oferta de un artículo o grupo de artículos en los que concurra alguna ventaja o incentivo. 2. Reglamentariamente se determinarán las condiciones en que ha de realizarse la venta en oferta, y en particular los tipos de ventajas e incentivos que las caracterizan. Se modifica por el .8 del Decreto-ley 1/2012, de 16 de agosto. Ref. BOCL-h-2012-90251 .

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eli/es-cl/l/2002/12/19/16#art-36

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