Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional cuarta

En vigor desde 29 oct 2006
El Archivo Municipal de Ciutadella y el Archivo Histórico de Eivissa, como depositarios de fondos documentales de gran relevancia para la historia de ambas islas, alcanzarán, a pesar de su carácter municipal, el mismo nivel que los otros archivos históricos de las Illes Balears por lo que se refiere a la adecuación de sus infraestructuras y equipamientos.
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eli/es-ib/l/2006/10/17/15#disposicion-adicional-cuarta

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