Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 29 oct 2006
Todos los archivos de titularidad pública que estén en funcionamiento a la entrada en vigor de esta ley se integrarán de oficio en el Sistema Archivístico de las Illes Balears.
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eli/es-ib/l/2006/10/17/15#disposicion-adicional-primera

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