Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IV

Art. 58

En vigor desde 15 nov 2006
Incoar un procedimiento para revocar el reconocimiento legal de una federación deportiva balear supone la suspensión cautelar motivada del pago de las subvenciones que le hayan sido otorgadas.
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eli/es-ib/l/2006/10/17/14#art-58

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