Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 61
En vigor desde 1 ene 2024
El reglamento de organización y funcionamiento del Instituto Vasco de Salud Pública, que será aprobado mediante decreto del Gobierno Vasco, desarrollará las previsiones de la presente ley en todo lo relativo a su organización, estructura y funcionamiento.
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Proeli/es-pv/l/2023/11/30/13#art-61