Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 6.ª De la campaña informativa
Art. 72
En vigor desde 8 abr 2019
La duración de la campaña de información es la fijada en el decreto de convocatoria de la consulta. En ningún caso la campaña de información puede ser inferior a diez días ni superior a quince días hábiles, y finalizará a las cero horas del día anterior al señalado para la votación.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/2019/03/12/12#art-72