Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 140

En vigor desde 12 ene 2015
Las administraciones públicas competentes en materia agraria se basarán en el principio de discriminación positiva de los jóvenes y de las mujeres para favorecer su integración en el sector agrario y agroalimentario y, en especial, en el acceso a la titularidad de una explotación agraria, y para facilitar el relevo generacional.
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eli/es-ib/l/2014/12/16/12#art-140

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