Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición adicional sexta
En vigor desde 18 ene 2024
Las administraciones públicas deben unificar, en el plazo de dos años a contar desde la entrada en vigor de esta ley, los criterios con relación a los modelos de las bases reguladoras a que se refiere el artículo 17.7.a).
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Proeli/es-ct/l/2023/12/27/11#disposicion-adicional-sexta