Título TÍTULO II
Art. 7
En vigor desde 9 dic 2007
El Sistema Bibliotecario de Euskadi está integrado por:
a) La red de lectura pública.
b) La Biblioteca de Euskadi.
c) Las bibliotecas universitarias y de centros docentes públicos.
d) Las bibliotecas dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi no integradas en la red de lectura pública.
e) Las bibliotecas especializadas y el resto de las bibliotecas que, no formando parte de la red de lectura pública, se integren en el Sistema Bibliotecario de Euskadi mediante convenio entre el titular de la biblioteca y el departamento de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi competente en materia de cultura.
f) Los órganos de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi con competencia en materia de bibliotecas.
g) El Consejo Asesor de Bibliotecas.
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Tus anotaciones
Proeli/es-pv/l/2007/10/26/11#art-7