Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 43
En vigor desde 7 oct 2003
Corresponderá al Presidente del Consejo Consultivo:
a) Ostentar la representación del Consejo.
b) Autorizar con su firma los dictámenes emitidos por el Consejo.
c) Presidir, convocar y fijar el orden del día de las sesiones.
d) Aquellas otras funciones que se le atribuyan en el Reglamento Orgánico del Consejo.
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Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/2003/09/25/11#art-43