Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 43
En vigor desde 29 jun 2001
Corresponde al Gobierno de las Illes Balears, a través de la Consejería competente en materia de comercio, el ejercicio de la función inspectora para garantizar el cumplimiento de esta Ley.
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Proeli/es-ib/l/2001/06/15/11#art-43