Título TÍTULO VI
Art. Disposición adicional primera
En vigor desde 2 feb 2007
En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente Ley se iniciará la elaboración de las Directrices y Planes Sectoriales de Impulso de las Energías Renovables.
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Proeli/es-mc/l/2006/12/21/10#disposicion-adicional-primera