Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 24
En vigor desde 18 dic 2021
Aprobados definitivamente los estatutos o sus modificaciones, se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y se inscribirán en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.
Se modifica por el .6 del Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre de 2021. Ref. BOJA-b-2021-90434#a9
Tus anotaciones
Proeli/es-an/l/2003/11/06/10#art-24