Título TÍTULO II

Art. 23

En vigor desde 4 jul 2001
La Consejería competente en materia de sanidad elaborará el Plan de Salud de Extremadura, como el instrumento estratégico superior de planificación y coordinación sanitarias de la Comunidad Autónoma.
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eli/es-ex/l/2001/06/28/10#art-23

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