Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 27
En vigor desde 7 ene 1986
El Consejo de Gobierno de Cantabria, a propuesta de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca, podrá establecer ayudas para facilitar el pago derivado de la transmisión de las empresas familiares agrarias.
Tus anotaciones
ProBOCT-c-1986-90001#art-27