Capítulo CAPÍTULO II
Art. 10
En vigor desde 7 mar 2023
1. El Consejo Asesor del Agua de Extremadura, regulado mediante Decreto 194/2017, de 14 de noviembre, por el que se regula la composición, estructura y funcionamiento del Consejo Asesor del Agua de Extremadura (CONAEX), es el órgano colegiado de participación social en el diseño de la política del agua en Extremadura, y de cooperación y asesoramiento a la Junta de Extremadura en materia de ordenación, planificación, ejecución, desarrollo, mejora y modernización, protección ante situaciones extremas y conservación de infraestructuras hidráulicas, en materias propias de su competencia o que siendo competencia de otras Administraciones Públicas puedan afectar a Extremadura.
2. El Consejo Asesor del Agua de Extremadura queda adscrito a la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de planificación y coordinación hídrica. En todo caso, en su composición se garantiza la representación equilibrada de hombres y mujeres de conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género de Extremadura.
3. El Consejo Asesor del Agua de Extremadura podrá solicitar información a las Administraciones Públicas, entidades y empresas distribuidoras y concesionarias, y usuarios en general, para el ejercicio de sus competencias, dentro del estricto cumplimiento de las obligaciones legales en materia de protección de datos de carácter personal.
4. Los dictámenes, acuerdos, conclusiones, memorias o similares que emita o apruebe el Consejo Asesor del Agua se publicarán en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura y, en su caso, en su página web.
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Proeli/es-ex/l/2023/03/02/1#art-10