Capítulo CAPÍTULO II

Art. 11

En vigor desde 7 mar 2023
1. Mediante Decreto del Consejo de Gobierno se procederá a la creación y regulación de la Comisión Interdepartamental del Agua, como órgano colegiado de la Administración autonómica, adscrito a la Consejería competente en materia de planificación y coordinación hídrica de la Junta de Extremadura. 2. La Comisión Interdepartamental del Agua servirá de apoyo a la Dirección General competente en materia de planificación y coordinación hídrica, teniendo entre sus funciones la coordinación de las políticas de la Junta de Extremadura con incidencia en el agua. Asimismo, conforme a lo dispuesto en su normativa reguladora, le corresponderá articular la coordinación de las relaciones con la Administración General del Estado en la materia, lo que comprende la emisión de informes o la elaboración de los programas autonómicos de medidas. La participación en los órganos establecidos y cualquiera otra forma de participación establecida en la ley o acordada en los correspondientes instrumentos jurídicos se llevará a cabo a través de la Dirección General competente en materia de planificación e infraestructuras hidráulicas. 3. La Comisión Interdepartamental del Agua estará integrada, al menos, por las personas titulares de las Secretarías Generales de todas las Consejerías, correspondiendo la presidencia a la persona titular de la Consejería competente en materia de planificación y coordinación hídrica y la secretaría a la persona titular de la Dirección General con competencias en dicha materia, que participará en las sesiones de la comisión con voz y voto. En todo caso, en su composición se garantizará la representación equilibrada de hombres y mujeres de conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género de Extremadura. 4. Se establecerán mecanismos de cooperación y coordinación entre la Comisión Interdepartamental del Agua y el Consejo Asesor del Agua de Extremadura.
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eli/es-ex/l/2023/03/02/1#art-11

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