Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 66
En vigor desde 22 abr 2021
No podrán ser objeto de venta los productos resultantes de la actividad de acuicultura de naturaleza experimental.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cb/l/2021/03/04/1#art-66