Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 62

En vigor desde 22 abr 2021
La autorización de actividad en terrenos privados tendrá carácter indefinido, siempre que no se produzcan alguna de las causas de extinción reguladas en los artículos 52 y 53.
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eli/es-cb/l/2021/03/04/1#art-62

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