Título TÍTULO V
Art. 63
En vigor desde 3 feb 2019
El Gobierno y sus miembros ajustarán su actuación a los principios y a las reglas establecidas en esta ley y a los que la legislación disponga con carácter general para los cargos públicos.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/2019/01/31/1#art-63