Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 26
En vigor desde 3 feb 2019
1. El Gobierno cesa:
a) Después de la celebración de elecciones al Parlamento.
b) Por dimisión de su Presidente.
c) Por pérdida de la confianza del Parlamento o por la aprobación de una moción de censura.
2. El Gobierno también cesa con motivo del cese del Presidente por las causas previstas en las letras e), f), g) y h) del artículo 5 de esta ley, o con motivo de su defunción.
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Proeli/es-ib/l/2019/01/31/1#art-26