Libro LIBRO SEGUNDO›Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 57
En vigor desde 21 mar 2014
Tras el oportuno trámite de información pública, y a propuesta de la consejería competente en materia agraria, se procederá a declarar la utilidad pública y la urgente ejecución de la concentración de iniciativa privada, que será objeto de publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León», así como en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos donde radiquen las parcelas objeto de concentración.
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Proeli/es-cl/l/2014/03/19/1#art-57