Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 7.ª Medidas de organización en materia de Cultura
Art. 21
En vigor desde 22 feb 2011
La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, como entidad que procede de la transformación del Instituto Andaluz de las Artes y las Letras, asumirá el patrimonio y todas las relaciones jurídicas, derechos y obligaciones de los que este es titular, debiendo entenderse actualizadas con la nueva denominación todas las disposiciones normativas que se refieran a la citada entidad.
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Proeli/es-an/l/2011/02/17/1#art-21