Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO V

Art. 75

En vigor desde 11 jun 2003
1. Por Ley de la Comunidad Autónoma podrá crearse una entidad metropolitana integrada por el municipio de Logroño y los de su entorno que requieran una gestión integrada de determinados servicios básicos. Dicha Ley determinará: a) Su delimitación territorial. b) Sus órganos de gobierno y administración, en los que deberán estar presentes todos los municipios integrados en la entidad metropolitana. c) Sus competencias, entre las que figurará la planificación, coordinación y gestión de aquellos servicios que hagan necesaria una actuación de alcance supramunicipal. 2. El Gobierno de La Rioja someterá el correspondiente Anteproyecto de Ley a informe de los Ayuntamientos afectados y audiencia de la Administración del Estado.
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eli/es-ri/l/2003/03/03/1#art-75

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