Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 13

En vigor desde 23 mar 2001
La Corbata de Honor de La Rioja está reservada para distinguir a corporaciones, entidades o agrupaciones que tengan derecho a uso de bandera o estandarte y se lucirá en las banderas y estandartes correspondientes.
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eli/es-ri/l/2001/03/16/1#art-13

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