Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 11
En vigor desde 23 mar 2001
1. La Medalla de La Rioja constituye el grado máximo de condecoraciones a instituciones que puede otorgar el Gobierno de La Rioja.
2. El Gobierno podrá, mediante Decreto, fijar un límite máximo para la concesión de la Medalla de La Rioja.
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Proeli/es-ri/l/2001/03/16/1#art-11