Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO VSecc. SECCIÓN 1.ª PRINCIPIOS GENERALES

Art. 39

En vigor desde 17 jul 1999
Las administraciones públicas competentes en esta materia velarán por la necesaria coherencia entre las pensiones y las medidas de habilitación profesional e inserción laboral, de forma que aquéllas no sean un freno para la inserción laboral.
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eli/es-an/l/1999/03/31/1#art-39

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