Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. SECCIÓN 1.ª PRINCIPIOS GENERALES
Art. 38
En vigor desde 17 jul 1999
Los poderes públicos velarán por la seguridad económica y social de las personas con minusvalía a fin de contribuir a su desarrollo personal y calidad de vida.
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Proeli/es-an/l/1999/03/31/1#art-38