Art. 38
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO VSecc. SECCIÓN 1.ª PRINCIPIOS GENERALES

Art. 38

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En vigor desde 17 jul 1999
Los poderes públicos velarán por la seguridad económica y social de las personas con minusvalía a fin de contribuir a su desarrollo personal y calidad de vida.
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eli/es-an/l/1999/03/31/1#art-38