Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 12

En vigor desde 18 may 1987
Los gastos de funcionamiento del Consejo Asesor que no sean financiados por el presupuesto de RTVE, correrán a cargo de los Presupuestos Generales de Castilla-La Mancha, en los que se incluirá la partida correspondiente.
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eli/es-cm/l/1987/04/07/1#art-12

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