Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 12
En vigor desde 18 may 1987
Los gastos de funcionamiento del Consejo Asesor que no sean financiados por el presupuesto de RTVE, correrán a cargo de los Presupuestos Generales de Castilla-La Mancha, en los que se incluirá la partida correspondiente.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/1987/04/07/1#art-12