Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición transitoria

En vigor desde 18 may 1987
El Consejo Asesor se constituirá en el plazo máximo de un mes, a partir de la entrada en vigor de esta Ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cm/l/1987/04/07/1#disposicion-transitoria

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil