Capítulo CAPÍTULO III
Art. 11
En vigor desde 18 may 1987
Salvo los casos establecidos específicamente en esta Ley, los acuerdos son tomados por mayoría. En caso de empate decidirá el voto de quien presida.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/1987/04/07/1#art-11