Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección A) Aplicación de la legislación finlandesa§ Subsección 1. Pensiones de empleo

Art. 11

En vigor desde 1 ago 1987
1. La persona a la que se hace referencia en el artículo 4 del presente Convenio tiene, mientras resida en España, el derecho a la pensión de empleo de Finlandia, bajo las mismas condiciones que durante su residencia en Finlandia, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 12. 2. Al establecer el derecho a la pensión de empleo, y al computar su cuantía, las Instituciones aseguradoras competentes de Finlandia aplicarán su propia legislación, siempre que los artículos 13 y 39 del presente Convenio no sean aplicables.
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eli/es/ai/1985/12/19/(1)#art-11

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