Capítulo CAPÍTULO II

Art. 13

En vigor desde 9 jun 2021
1. La solicitud del servicio de transporte a la demanda deberá ser expresa, inequívoca y responsable. 2. La demanda de transporte deberá contraerse al calendario, expediciones y horario que consten en las condiciones de prestación del servicio.
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eli/es-ex/dl/2021/06/04/4#art-13

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