Art. Disposición adicional quinta

En vigor desde 3 jun 2016
La interpretación y aplicación de la normativa vigente de contratación pública se tiene que hacer, en todo caso, de conformidad con lo que establecen las directivas 2014/23/UE, 2014/24/UE y el resto de normativa comunitaria de aplicación.
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eli/es-ct/dl/2016/05/31/3#disposicion-adicional-quinta

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