Libro Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos›Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 80
En vigor desde 14 mar 2015
La multa tiene tres grados, que se corresponden, respectivamente, con las infracciones leves, graves y muy graves, según los siguientes límites:
a) Infracciones leves, de 400 euros hasta 4.000 euros.
b) Infracciones graves, de 4.001 euros hasta 150.000 euros.
c) Infracciones muy graves, de 150.001 euros hasta 1.200.000 euros.
Se modifica por el .13 de la Ley 3/2015, de 11 de marzo. Ref. BOE-A-2015-3637 .
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/dlg/2009/07/21/1#art-80