Libro Texto refundido de la Ley reguladora de los residuosTítulo TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VI

Art. 102

En vigor desde 29 jul 2009
El importe de cada multa coercitiva no puede exceder del diez por ciento de la que corresponda a la infracción presunta o declarada, ni en su conjunto del treinta por ciento de ésta.
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eli/es-ct/dlg/2009/07/21/1#art-102

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