Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO I

Art. 15

En vigor desde 12 mar 1998
La Administración de la Comunidad Foral de Navarra podrá otorgar, de acuerdo con este Decreto Foral Legislativo, ayudas a los agricultores y ganaderos que concierten seguros sobre bienes agrarios que radiquen dentro del territorio de la Comunidad Foral de Navarra.

Tus anotaciones

Pro

BON-n-1998-90001#art-15

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil