Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 15
En vigor desde 12 mar 1998
La Administración de la Comunidad Foral de Navarra podrá otorgar, de acuerdo con este Decreto Foral Legislativo, ayudas a los agricultores y ganaderos que concierten seguros sobre bienes agrarios que radiquen dentro del territorio de la Comunidad Foral de Navarra.
Tus anotaciones
ProBON-n-1998-90001#art-15