Título TÍTULO TERCERO›Capítulo CAPÍTULO SEGUNDO
Art. 40
DerogadoEn vigor desde 2 oct 2016
(Derogado)
Téngase en cuenta que este artículo se deroga, con efectos de 2 de octubre de 2016, por la disposición derogatoria única.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre Ref. BOE-A-2015-10566#ddunica ., según establece su disposición final 18.1. Redacción anterior: "Los Consorcios podrán utilizar cualquiera de las formas de gestión de servicios, sustituyendo a los entes consorciados."
Se deroga, con efectos de 2 de octubre de 2016, por la disposición derogatoria única.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Ref. BOE-A-2015-10566#ddunica .
Tus anotaciones
Proeli/es/d/1955/06/17/(1)#art-40