Art. 5
En vigor desde 25 jul 2025
Artículo 5
En la medida en que las disposiciones del Acuerdo o de la presente Decisión o las disposiciones aplicables especificadas en el anexo XXVIII-B del Acuerdo sean idénticas en esencia a las normas correspondientes del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y a los actos adoptados en virtud de este, dichas disposiciones se interpretarán, en su ejecución y aplicación, de conformidad con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea pronunciada antes o después de la adopción de la presente Decisión.
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