Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 1 abr 2020
Los usuarios que deseen operar en el área de balance en TVB, PVB y AVB a partir de la fecha de entrada en vigor de esta circular deberán adherirse al contrato marco de habilitación de cartera de balance con el gestor técnico del sistema antes de la citada fecha.
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eli/es/cir/2020/01/09/2#disposicion-adicional-tercera

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