Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Procedimiento ante la comisión de calificación y el Pleno del Consejo General del Poder Judicial

Art. 19 quater

En vigor desde 10 abr 2016
El nombramiento de los Jueces Togados Militares se ajustará a lo dispuesto en el artículo 54, párrafo segundo, de la Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar, y a lo previsto en el apartado tercero del artículo anterior. Se añade por el art. único.4 del Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 31 de marzo de 2016. Ref. BOE-A-2016-3410 .

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eli/es/a/2010/02/25/(2)#art-19-quater

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