Reglamento·n.º 160·4 de febrero de 2022

Reglamento (UE) 2022/160

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2022/160 DE LA COMISIÓN - de 4 de febrero de 2022 - por el que se establecen frecuencias mínimas uniformes de determinados controles oficiales para comprobar el cumplimiento de los requisitos zoosanitarios de la Unión de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan los Reglamentos (CE) n.o 1082/2003 y (CE) n.o 1505/2006 - (Texto pertinente a efectos del EEE)

Vigente desde el 4 de febrero de 2022 16 artículos 1 vigencias historificadas
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Índice

Art. 1Objeto y ámbito de aplicaciónArt. 1.tit_1Objeto y ámbito de aplicaciónArt. 2DefinicionesArt. 2.tit_1DefinicionesArt. 3Frecuencia mínima uniforme de las inspecciones en determinados establecimientos autorizadosArt. 3.tit_1Frecuencia mínima uniforme de las inspecciones en determinados establecimientos autorizadosArt. 4Frecuencia mínima uniforme de las inspecciones en los establecimientos autorizados de productos reproductivosArt. 4.tit_1Frecuencia mínima uniforme de las inspecciones en los establecimientos autorizados de productos reproductivosArt. 5Frecuencia mínima uniforme de las inspecciones en determinados establecimientos de acuicultura autorizados y en determinados grupos de establecimientos de acuicultura autorizadosArt. 5.tit_1Frecuencia mínima uniforme de las inspecciones en determinados establecimientos de acuicultura autorizados y en determinados grupos de establecimientos de acuicultura autorizadosArt. 6Frecuencia mínima uniforme de las inspecciones en los establecimientos que tienen bovinos, ovinos y caprinosArt. 6.tit_1Frecuencia mínima uniforme de las inspecciones en los establecimientos que tienen bovinos, ovinos y caprinosArt. 7DerogacionesArt. 7.tit_1DerogacionesArt. 8Entrada en vigorArt. 8.tit_1Entrada en vigor
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