Real Decreto·28 de diciembre de 2012

Real Decreto 1723/2012, de 28 de diciembre, por el que se regulan las actividades de obtención, utilización clínica y coordinación territorial de los órganos humanos destinados al trasplante y se establecen requisitos de calidad y seguridad

Vigente desde el 18 de enero de 2013 46 artículos 46 vigencias historificadas
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Índice

capo CAPÍTULO IDisposiciones Generales
Art. 1Art. 2Art. 3
capo CAPÍTULO IIDel respeto y la protección al donante y al receptor
Art. 4Art. 5Art. 6Art. 7
capo CAPÍTULO IIIDe la obtención de los órganos
Art. 8Art. 9Art. 10Art. 11Art. 12
capo CAPÍTULO IVDe la asignación, el transporte y el intercambio de los órganos
Art. 13Art. 14Art. 15Art. 16
capo CAPÍTULO VDel trasplante de los órganos
Art. 17Art. 18Art. 19Art. 20
capo CAPÍTULO VIDe la calidad y la seguridad de los órganos
Art. 21Art. 22Art. 23Art. 24Art. 25
capo CAPÍTULO VIIDe las autoridades y la coordinación de actividades relacionadas con la obtención y el trasplante de órganos
Art. 26Art. 27Art. 28Art. 29
capo CAPÍTULO VIIIDe los sistemas de información
Art. 30Art. 31
capo CAPÍTULO IXDe la inspección, supervisión y medidas cautelares y de las infracciones y sanciones
Art. 32Art. 33Art. 34Art. Disposición adicional primeraArt. Disposición adicional segundaArt. Disposición adicional terceraArt. Disposición adicional cuartaArt. Disposición transitoria únicaArt. Disposición derogatoria únicaArt. Disposición final primeraArt. Disposición final segundaArt. Disposición final terceraArt. Disposición final cuarta
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