Real Decreto·28 de diciembre de 2012
Real Decreto 1723/2012, de 28 de diciembre, por el que se regulan las actividades de obtención, utilización clínica y coordinación territorial de los órganos humanos destinados al trasplante y se establecen requisitos de calidad y seguridad
Vigente desde el 18 de enero de 2013 46 artículos 46 vigencias historificadas
Consultar onlineÍndice
capo CAPÍTULO IDisposiciones Generales
Art. 1Art. 2Art. 3capo CAPÍTULO IIDel respeto y la protección al donante y al receptor
Art. 4Art. 5Art. 6Art. 7capo CAPÍTULO IIIDe la obtención de los órganos
Art. 8Art. 9Art. 10Art. 11Art. 12capo CAPÍTULO IVDe la asignación, el transporte y el intercambio de los órganos
Art. 13Art. 14Art. 15Art. 16capo CAPÍTULO VDel trasplante de los órganos
Art. 17Art. 18Art. 19Art. 20capo CAPÍTULO VIDe la calidad y la seguridad de los órganos
Art. 21Art. 22Art. 23Art. 24Art. 25capo CAPÍTULO VIIDe las autoridades y la coordinación de actividades relacionadas con la obtención y el trasplante de órganos
Art. 26Art. 27Art. 28Art. 29capo CAPÍTULO VIIIDe los sistemas de información
Art. 30Art. 31capo CAPÍTULO IXDe la inspección, supervisión y medidas cautelares y de las infracciones y sanciones
Art. 32Art. 33Art. 34Art. Disposición adicional primeraArt. Disposición adicional segundaArt. Disposición adicional terceraArt. Disposición adicional cuartaArt. Disposición transitoria únicaArt. Disposición derogatoria únicaArt. Disposición final primeraArt. Disposición final segundaArt. Disposición final terceraArt. Disposición final cuarta