Título TÍTULO XII
Art. 83
En vigor desde 27 abr 2013
La Federación Española de Pesca y Casting puede extinguirse por prescripción legal o acuerdo federativo.
En este último caso se requerirá la convocatoria de una Asamblea General extraordinaria y su aprobación por los dos tercios de los presentes y ratificación de la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/res/2013/06/06/(1)#art-83