Título TÍTULO IX
Art. 79
En vigor desde 4 dic 2017
La moción de censura se regirá conforme a lo contemplado en el Reglamento Electoral vigente en cada momento.
Se modifica por el Anexo de la Resolución de 3 de noviembre de 2017. Ref. BOE-A-2017-14235
Tus anotaciones
Proeli/es/res/2013/06/06/(1)#art-79