Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VI

Art. 62

En vigor desde 27 abr 2013
La Federación actuará en todo momento de acuerdo con lo que establezcan las normativas Nacionales e Internacionales de aplicación, relativas a la disciplina deportiva en general y a las específicas de lucha contra la salud y el dopaje en el deporte.
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eli/es/res/2013/06/06/(1)#art-62

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