Art. Tercero

En vigor desde 7 jun 2016
1. El sistema de voto electrónico incluye los siguientes elementos: a) Ordenador o máquina de votación. b) Dispositivo o tarjeta de votación. c) Sistema de navegación. c) Sistema de configuración de la máquina de votación. d) Servidor de consolidación. e) Impresora. f) Monitor. 2. Las definiciones y características de los elementos recogidos en el numeral anterior serán las contenidas en el anexo de la presente resolución. 3. La Mesa, una vez realizada la votación, deberá remitir al Tribunal Administrativo del Deporte la documentación con el contenido que se especifica en el apartado duodécimo de la presente resolución.
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eli/es/res/2016/05/12/(1)#tercero

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