Art. 43
Garantías contra los conflictos de intereses
En vigor desde 19 dic 2012
Artículo 43
Garantías contra los conflictos de intereses
1. Las garantías contra los conflictos de intereses a que se refiere el artículo 15, apartado 1, de la Directiva 2011/61/UE deberán asegurar, al menos, lo siguiente:
a)
que las decisiones adoptadas por la función de gestión del riesgo se basen en datos fiables y sujetos al oportuno grado de control por parte de la misma;
b)
que la remuneración de quienes contribuyan a desempeñar la función de gestión del riesgo refleje la consecución de los objetivos ligados a esa función, independientemente de los resultados de las áreas de negocio en las que intervengan;
c)
que la función de gestión del riesgo esté sujeta a una evaluación independiente adecuada con vistas a verificar que las decisiones se tomen de manera independiente;
d)
que la función de gestión del riesgo esté representada en el órgano de gobierno o la función supervisora, caso de haberse instaurado, y tenga en ellos, al menos, la misma autoridad que la función de gestión de cartera;
e)
que las tareas que originen conflictos de intereses sean debidamente segregadas.
2. Siempre que resulte proporcionado, atendiendo a la naturaleza, escala y complejidad del GFIA, las garantías a que se refiere el apartado 1 deberán asegurar, asimismo, lo siguiente:
a)
que el desempeño de la función de gestión del riesgo sea evaluado periódicamente por la función de auditoría interna o, cuando no se haya establecido esta última, por un tercero designado por el órgano de gobierno;
b)
que el comité de riesgos, en caso de haberse instaurado, cuente con los recursos adecuados y sus miembros no independientes no tengan una influencia indebida en el desempeño de la función de gestión del riesgo.
3. El órgano de gobierno del GFIA y, en su caso, la función supervisora establecerán las garantías contra los conflictos de intereses contempladas en los apartados 1 y 2, evaluarán periódicamente su eficacia y tomarán oportunamente las medidas correctoras necesarias para subsanar toda posible deficiencia.
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